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Términos para Anfitriones

Reglas generales para publicar y operar alojamientos mediante Refugios Chile. No sustituyen el contrato particular firmado con cada propietario o anfitrión.

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Versión: 2026.07.25Operador: MIDDLETOWN SpAChile
Importante. Comisiones, mandato de cobro, forma de liquidación, plazos de pago, exclusividad y responsabilidades económicas deben quedar definidos en el contrato particular firmado. Esta página no fija porcentajes ni plazos estándar.

1. Relación contractual

La publicación y operación de una propiedad requiere la relación contractual correspondiente entre el propietario/anfitrión y MIDDLETOWN SpA. Cuando la plataforma actúe como administrador, mandatario o intermediario, el contrato debe definir expresamente el alcance de ese rol.

2. Titularidad y autorización

El anfitrión debe acreditar razonablemente que es propietario, mandatario o persona autorizada para ofrecer el alojamiento y aceptar las obligaciones asociadas. La plataforma puede solicitar antecedentes y suspender una publicación si existen dudas razonables.

3. Información y publicación

El anfitrión debe entregar información veraz sobre ubicación, capacidad, equipamiento, fotografías, reglas, restricciones, seguridad, precio y disponibilidad. Debe avisar cambios que afecten una reserva o la decisión de compra.

4. Cumplimiento turístico y municipal

El prestador es responsable de mantener permisos, patentes, autorizaciones sanitarias, tributarias y demás requisitos que le sean aplicables. En Chile, el Registro Nacional de Servicios Turísticos de SERNATUR es obligatorio para servicios de alojamiento turístico y actividades de turismo aventura.

5. Precios y disponibilidad

Los precios y calendarios que el anfitrión entregue a la plataforma deben ser correctos y mantenerse actualizados. Una reserva confirmada debe respetarse conforme a sus condiciones y a la legislación aplicable.

6. Cobro al huésped

Cuando el contrato particular autorice a Refugios Chile a gestionar el cobro de una reserva, la plataforma lo hará únicamente dentro del alcance pactado y mediante proveedores de pago habilitados. No se presume un mandato de cobro si no existe respaldo contractual.

7. Comisión y liquidaciones

La comisión, cargos, deducciones, impuestos, fecha de liquidación, retenciones y tratamiento de reembolsos se determinan en el contrato particular y en la liquidación de cada operación. Refugios Chile no fija en estos términos públicos un porcentaje ni un calendario universal.

8. Cuenta bancaria

Las liquidaciones sólo deben enviarse a una cuenta autorizada conforme al contrato y a los controles de identidad aplicables. Cambios de cuenta pueden requerir verificación adicional.

9. Impuestos y documentos tributarios

Cada parte debe cumplir las obligaciones tributarias y documentales que correspondan a su rol real. El tratamiento de IVA, documentos de alojamiento, comisión de la plataforma y pagos a terceros debe quedar definido por la operación y la normativa vigente; no se presume que todos los componentes tengan el mismo tratamiento tributario.

10. Cancelaciones del anfitrión

El anfitrión debe evitar cancelaciones de reservas confirmadas. Si no puede prestar el alojamiento, debe avisar inmediatamente y colaborar en la solución, devolución o alternativa que corresponda.

11. Daños y reclamos

Los reclamos por daños deben estar respaldados por evidencia razonable y seguir un procedimiento proporcional. El anfitrión no puede exigir cargos arbitrarios ni ocultar fallas preexistentes.

12. Seguridad y habitabilidad

El alojamiento debe mantenerse en condiciones compatibles con su oferta y con las exigencias legales y de seguridad aplicables. Riesgos relevantes deben informarse oportunamente.

13. Fraude y contracargos

El anfitrión debe colaborar con antecedentes cuando una operación sea objeto de fraude, contracargo, reclamo o conciliación, sin entregar información innecesaria ni vulnerar la privacidad de los usuarios.

14. Coanfitriones y administradores

La participación de administradores o terceros debe contar con autorización suficiente. El anfitrión sigue obligado a mantener actualizada la información contractual y de contacto.

15. Suspensión o retiro

Una propiedad puede ocultarse o suspenderse por falta de contrato vigente, información falsa, incumplimientos de seguridad, documentación vencida, fraude, reclamos graves o exigencias legales, sin perjuicio del procedimiento contractual aplicable.

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